Un señor que tiene dos plazas de garaje en una comunidad de vecinos, harto de los destrozos que sufre su vehículo decide colocar una cámara para grabar, principalmente la plaza en la que aparca su vehículo desde su otra plaza (…)

Antes de colocar la cámara interpone denuncia por los destrozos sufridos en su vehículo en la Comisaría de Policía e informa al Comisario de su intención de colocar la cámara de video.

Por si todo ello no fuera bastante acreditó con 10 firmas, de 16 propietarios, la autorización para colocar la cámara por parte de la comunidad de propietarios del garaje.

La cámara registra como un señor vomita y orina en el coche del propietario de la cámara.

Lógicamente el dueño del coche identifica al “buen vecino” y lo denuncia en el juzgado, iniciándose un juicio por los daños causados. Este “buen vecino”, casualmente, interpone una denuncia ante la Agencia de Protección de Datos por que la filmación se ha realizado sin consentimiento de la comunidad y sin su conocimiento.

Interviene la Agencia de Protección de Datos (…), que resuelve imponer al autor de la grabación dos sanciones de 601,12 €uros.

O sea, 1.200 €uros de multa por averiguar quién es el desaprensivo que se dedica a destrozar tu preciado coche.

El informe completo de esta astracanada, en derechosynormas.blogspot.com (Vía: menéame)

P.D.: por motivos que os será fácil entender, he optado por no utilizar ninguna imagen para ilustrar este post.